Estimados socios,
Buenas tardes, envíamos la siguiente comunicación a los Sujetos Obligados del Sector No Financiero (art. 13 Ley N° 19.574) que aún no constituyeron/suscribieron Domicilio electrónico (DOMEL) ante Senaclaft.
Adjuntamos al presente correo Decreto N° 052/22 de fecha 25 de enero de 2022 que prorroga hasta el 31 de mayo de 2022 el plazo para dar cumplimiento a la obligación dispuesta por Decreto N°355/21.
Se recuerda que esta será la única prórroga prevista.
A efectos de facilitar el acceso a la constitución / suscripción al DOMEL de Senaclaft, se remite el siguiente link a nuestra web institucional, con información al respecto.
Por consultas contactarse a la Mesa de Ayuda de Senaclaft.
E-mail: consultasdomel-senaclaft@presidencia.gub.uy
Teléfono: 150 internos 2380, 2386 y 2388 (de lunes a viernes de 10 a 16 hs).
Saludos,
Comisión Directiva.